Vehículos Derivados de Turismos: Consideraciones y Ventajas Fiscales
La principal diferencia entre un derivado de turismo y un coche convencional es su funcionalidad. Un turismo está diseñado principalmente para el transporte de personas, mientras que un derivado de turismo es la adaptación de un turismo al para el transporte de cargas eliminando los asientos traseros y transformando el maletero en un espacio completamente diáfano y de mayor capacidad. Suelen tener ventanas traseras opacas o paneladas para conseguir mayor privacidad y seguridad para la carga.
Según la normativa española, un vehículo derivado de turismo debe cumplir con ciertas características para ser considerado como tal:
• Uso principal: Está diseñado y destinado principalmente al transporte de mercancías o servicios.
• Modificaciones estructurales: Puede incluir eliminación de asientos traseros, instalación de mamparas de separación o adaptación del maletero para carga.
• Clasificación en la ficha técnica: Debe aparecer en la ficha técnica del vehículo como «Derivado de turismo» o «Vehículo mixto adaptable».
A nivel fiscal, en el caso de las empresas o autónomos que adquieran en turismo para realizar su actividad disfrutan de las siguientes ventajas:
- IGIC Deducible
•Deducción del 100% del IGIC si se puede demostrar que el vehículo se destina exclusivamente a la actividad económica (por ejemplo, reparto de mercancías, transporte de herramientas, etc.).
•Deducción del 50% del IGIC si se usa de manera mixta (uso profesional y personal), salvo que se justifique un uso exclusivo empresarial. - Deducción en el IRPF o Impuesto de Sociedades
•Si el vehículo es afectado 100% a la actividad económica, se puede amortizar como gasto deducible.
•Para los autónomos, se permite la deducción del 100% del coste del vehículo en la base imponible, siempre que se pueda demostrar su uso profesional.
•En caso de uso mixto, la deducción suele ser del 50%, salvo que se justifique su uso exclusivo para la actividad. - Exención del Impuesto de Matriculación
•En ciertos casos, los vehículos derivados de turismo pueden estar exentos del pago del impuesto de matriculación si cumplen con las condiciones de uso empresarial. - Menor Coste en el Seguro
•Algunas compañías ofrecen seguros más económicos para vehículos de uso industrial o comercial, dependiendo de la actividad y las coberturas.
Sin embargo existe jurisprudencia ( resolución: 12/00857/2020/00/00 del TEAR de Valencia de fecha 15/10/2021) de que en el caso de los vehículos derivados de turismos se invierte la carga de la prueba y que ha de ser la Administración la que pruebe que el vehículo no ha sido utilizado de manera exclusiva para la el transporte de mercancías o servicios ya que “se debe considerar que esta afecto en su totalidad a su actividad económica por la propia definición dada del mismo en el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos”.
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