Consolidación fiscal de grupos empresariales:
Existe la posibilidad de que un grupo de empresas pueda crear un grupo fiscal para tributar en el régimen especial de consolidación fiscal establecido en el artículo 55 y siguientes de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y beneficiarse de las ventajas que ofrece este régimen.


¿En qué consiste un grupo fiscal?
Un grupo fiscal es un grupo de empresas con residencia fiscal en España, integrado por una sociedad dominante y otras sociedades dependientes de la misma y que debe cumplir ciertas condiciones.

Se considera entidad dominante aquella que cumple los siguientes requisitos:
• Tener personalidad jurídica propia. Los establecimientos permanentes ubicados en el territorio de aplicación del impuesto pueden tener también la condición de entidad dominante.
• Que tenga una participación, directa o indirecta, de al menos el 50% del capital de otra u otras entidades.
• A partir del 1 de enero de 2015 se exige que tenga el control efectivo sobre las entidades del grupo, a través de una participación, directa o indirecta, de más del 50% en el capital o en los derechos de voto de las mismas.
• Que dicha participación se mantenga durante todo el año natural.
• Que no sea dependiente de ninguna otra entidad establecida en el territorio de aplicación del Impuesto que reúna los requisitos para ser considerada como dominante.
• A partir del 1 de enero de 2015 las sociedades mercantiles que no actúen como empresarios o profesionales, podrán ser consideradas como entidad dominante.
Lógicamente la sociedad dominante tiene la responsabilidad fiscal de ser la representante del grupo y cumplir con todas las obligaciones tributarias como la de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades del grupo fiscal y la comunicación de variaciones del mismo si las hubiera.

Sociedad dependiente
Por su parte, las sociedades dependientes de un grupo fiscal también deben cumplir una serie de requisitos como tener una forma jurídica de sociedad anónima, limitada o comanditaria por acciones y ser residentes en España.
Existen algunas restricciones para formar parte de un grupo fiscal como estar exenta del Impuesto de Sociedades, estar en concurso al cierre del período impositivo o en un desequilibrio patrimonial por pérdidas, entre otras.

Ventajas de la consolidación fiscal:
La principal ventaja de la fiscalidad de grupos empresariales es la tributación conjunta, se pueden compensar las pérdidas de unas empresas con los beneficios de las otras con ciertos límites. También están exoneradas de retención las operaciones dentro del grupo, tales como el reparto de dividendos, arrendamientos o préstamos entre las mismas y esta consolidación fiscal permite también el diferimiento fiscal de los beneficios de las operaciones internas entre las sociedades del grupo.
Por último, los requisitos y los límites en la aplicación de las deducciones en la cuota se calculan para el grupo fiscal y las deducciones generadas por cualquier entidad del grupo, aunque a título individual pudiera ser negativa, pueden ser aprovechadas por el resto del grupo fiscal.
La consolidación fiscal genera una imagen mayor y más relevante del grupo, y por tanto puede generar mayor credibilidad ante proveedores, acreedores y entidades bancarias.

Desventajas de la fiscalidad de grupos empresariales:
Se tiene que pagar como mínimo el 15% de la cuota íntegra ajustada positiva, en cada caso se debe analizar si la creación de un grupo fiscal es la opción más ventajosa.
Hay que tener en cuenta además, que el grupo, como tal, responde de posibles deudas que a futuro tengan las empresas por el Impuesto sobre Sociedades, por lo que si alguna empresa tuviera un riesgo fiscal sería oportuno no incluirla dentro del grupo consolidado.

En RTR consultores estaremos encantados de ayudarles a considerar esta posibilidad de consolidación fiscal para su grupo de empresas.

Al igual que en el resto de España, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Canarias puede variar, como es lógico depende principalmente del valor del patrimonio heredado y de la relación entre el heredero y el fallecido pero existen estrategias que pueden ayudar a pagar lo menos posible por este impuesto:

1. Planificación anticipada:

   –Donaciones en vida: Realizar donaciones en vida en lugar de dejar toda la herencia para después del fallecimiento.

Usufructo vitalicio: Crear un usufructo vitalicio sobre ciertos bienes, lo que significa que el donante mantiene el uso y disfrute del bien mientras vive, y el donatario solo adquiere la nuda propiedad. Esto puede reducir también la base imponible del impuesto.

2. Aprovechar reducciones y bonificaciones:

Reducciones por parentesco: Canarias ofrece reducciones en la base imponible dependiendo del grado de parentesco con el fallecido. Los descendientes, ascendientes y cónyuges pueden disfrutar de reducciones significativas.

 – Bonificaciones autonómicas: Canarias aplica una bonificación del 99.9% en la cuota del impuesto de sucesiones para ciertos parientes directos (como hijos, padres y cónyuges). Esto significa que, en muchos casos, el impuesto es casi inexistente.

3. Valoración adecuada de los bienes:

– hay que asegurarse de que los bienes sean valorados de manera justa y realista, evitando sobrevaloraciones que puedan aumentar la base imponible del impuesto.

4. Testamento claro y detallado:

 – Redactar un testamento claro y detallado puede ayudar a minimizar disputas y asegurarse de que la herencia se distribuya de la manera más eficiente desde el punto de vista fiscal.

5. Uso de figuras jurídicas específicas:

   – Seguros de vida: En algunos casos, los seguros de vida pueden estar exentos del impuesto de sucesiones si los beneficiarios son ciertos parientes directos.

   – Sociedades y empresas familiares: Utilizar sociedades y empresas familiares, que pueden tener ventajas fiscales específicas.

6. Asesoramiento fiscal profesional:

 – Consultar con una asesoría fiscal especializada en herencias y sucesiones en Canarias puede proporcionarte estrategias personalizadas y actualizadas, y asegurarte de cumplir con todas las normativas vigentes. Cada situación es única, por lo que es importante analizar cada caso particular y considerar todas las opciones disponibles para pagar lo menos posible por el Impuesto de sucesiones y donaciones en Canarias.

La ineptitud sobrevenida de un trabajador contratado por una empresa es un concepto jurídico-laboral que se produce cuando existe una pérdida de las aptitudes necesarias para el desempeño de un puesto de trabajo. Esta situación puede deberse a diversos factores, como enfermedades, accidentes, o cualquier otra causa que incapacite al trabajador para realizar sus funciones de la manera adecuada.

En el contexto de las relaciones laborales, si un empleado sufre de ineptitud sobrevenida, el empleador tiene el derecho de rescindir su contrato de trabajo, siempre que se demuestre que esta ineptitud es real y afecta directamente la capacidad del trabajador para realizar sus tareas. Por supuesto, es imprescindible que esta decisión esté respaldada por pruebas médicas o informes técnicos que certifiquen esa incapacidad del empleado para continuar desempeñando sus funciones.

La ineptitud sobrevenida tiene varias consecuencias tanto para el trabajador como para el empleador:

            1.        Despido objetivo: El empleador puede despedir al trabajador por causas objetivas si  ya no puede desempeñar las funciones para las que fue contratado debido a una incapacidad sobrevenida.

            2.        Indemnización: En caso de despido objetivo por ineptitud sobrevenida, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

            3.        Prestaciones por incapacidad: Dependiendo de la causa de la ineptitud sobrevenida, el trabajador puede tener derecho a recibir prestaciones por incapacidad temporal o permanente. Esto puede incluir beneficios de la seguridad social, seguros de incapacidad, o compensaciones por accidentes de trabajo.

            4.        Reubicación: En algunos casos, antes de proceder al despido, el empleador puede intentar reubicar al trabajador en otro puesto dentro de la empresa que sea compatible con sus nuevas capacidades. Esto dependerá de la disponibilidad de vacantes y de la estructura organizativa de la empresa.

            5.        Reconversión profesional: Algunos sistemas laborales prevén programas de reconversión profesional para trabajadores que han sufrido una ineptitud sobrevenida, facilitando su capacitación para desempeñar otras funciones dentro o fuera de la empresa.

            6.        Conflictos laborales: El despido por ineptitud sobrevenida puede generar conflictos laborales, especialmente si el trabajador no está de acuerdo con la evaluación de su incapacidad.En tales casos, es posible que se inicie un proceso judicial para resolver la disputa.

Estas consecuencias buscan equilibrar los derechos y obligaciones de ambas partes, protegiendo al trabajador afectado y permitiendo al empleador mantener la eficiencia operativa de la empresa.